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El derecho a huelga en la Constitución española

La huelga supone la suspensión de la actividad laboral de forma temporal, colectiva y concertada por iniciativa de los trabajadores de una o de varias empresas, generalmente la convoca un sindicato. Sus objetivos pueden ser muy variados, aunque predominan los casos en los que se buscan mejoras económicas o de las condiciones del trabajo, así como también casos de huelga como protesta y solidaridad con otros sectores u otras empresas.

El hecho de que se reconociera este derecho en 1975 por el gobierno español y esté recogido en la Constitución vela por la seguridad de los trabajadores, ya que el ejercicio de la misma no puede ser causa de despido ni de represalias por parte del sector empresarial.

A continuación se recoge el texto del artículo 28.2 de la Constitución española:
Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
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